martes, 23 de junio de 2009

¿Funcionarios de 2da?

Existe una politica tal vez no oficial pero aplicable en la Subsecretaría de Transportes que se basa en que un funcionario de la Octava región hacia el sur y de la cuarta región hacia el norte, cuando viene a Santiago lo hace en avión.

Sin embargo en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se ha dado el caso, que entre la octava y decima regiones, algunos y no todos los funcionarios viajan en bus, y ojala un fin de semana.

Esta situación ocurre en casos estrictamente laborales o de capacitación.

¿No es esta practica, una diferenciación en la clase de trabajador?

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Estimado Sergio: Comparto plenamente tu opinión y estimo que dicha decisión pasa por niveles intermedios que recomiendan beneficios o privilegios diferenciados, dependiendo del grado o del peso de opinión de los afectados. Respecto a esto último, estoy cierto de que de acuerdo a mi experiencia, formación y conocimiento tuve algún desencuentro, porque estoy cierto que tengo la razón, con altos ejecutivos; pero aún hoy no espero una salvada sino las excusas respectivas porque me siento pasado a llevar y como dijo alguien por ahí ..más temprano que tarde.....

Un abrazo sincero

BLANCA dijo...

Estoy de acuerdo, no es posible que un Servicio discrimine entre sus funcionarios, hay que entender que no existen personas de 1ª y 2ª categoria. Solo hay distintas realidades entre las personas, algunas han tenido mas oportunidades, otras han sabido aprovecharlas en su momento, otras han tenido distintas prioridades.
pero en la Vida, debe haber de todo desde paje a Rey, eso no significa que el paje valga menos que el Rey.

Víctor Rodríguez dijo...

Totalmente de acuerdo, pero ¿qué podemos hacer para exigir que estas discriminaciones no ocurran?... por lo demás se me ocurre que el autor de esta discriminación tiene nombre y apellido... y la mayoría de nosotros presume quién es.... ¿o no?...

Fernando Salas dijo...

Pienso que tenemos tareas que realizar por delante, para evitar estas descriminaciones y obligar a la aplicación del Código de Buenas Practicas Laborales, por quienes corresponda.
Creo que aplica para este caso, el punto Nº 4 del Código que se refiere a Condiciones de Trabajo, en su letra d) dice textualmente: "Asegurar que las condiciones de trabajo no importen descriminaciones de ningún tipo".
En este ordén de cosa, debemos promover a través de nuestra organización de trabajadores, el respecto irrestricto a este Código.

Sary dijo...

Los Chilenos tenemos fama de clasistas y discriminadores, pues no me sorprenden actitudes como esa, aunque nunca dejaran de enojarme. Espero que existan politica publicas para terminar con la mala fama.