Estan son las fechas en las cuales se nos cancelarán nuestros sueldos en los meses venideros del 2009:
En el mes de Septiembre, será el día miércoles 16.
En el mes de Octubre, será el día lunes 19.
En el mes de Noviembre, será el día viernes 20.
En el mes de Diciembre, será el día martes 22.
Cabe señalar que en el presente mes se incluyen las asignaciones de modernización correspondientes al trimestre julio-septiembre 2009 y además por aplicación de la Ley 20.313/08, se concede un aguinaldo de Fiestas Patrias de $46.804.- para los trabajadores cuya remuneración líquida, que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2009, sea igual o inferior a $476.325.-, y de $32.602.-, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad y no exceda de $1.600.851.-
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